Claves de la reforma fiscal para los autónomos
Poco a poco, vamos conociendo los detalles de la reforma fiscal presentada estos días por el Gobierno, con la que promete una rebaja de las retenciones y nuevos incentivos para fomentar el crecimiento. La reforma tendrá dos fases de aplicación: a partir del 1 de enero de 2015 y a partir del 1 de enero de 2016. Por lo que afecta a los autónomos, estas son las principales novedades que debemos tener en cuenta:
- Desde el 1 de julio, los profesionales autónomos con rentas inferiores a los 12.000 euros anuales volverán al 15 % de retención de IRPF frente al 21 % actual. Esta reducción será aplicable siempre que un 75 % o más de sus rentas procedan de actividades económicas.
- Para el resto de autónomos, el tipo general de retención baja del 21 % al 20 %.
- El tipo de retención reducido del 15 % se mantiene para las empresas de nueva creación (como recoge la Ley de Emprendedores). Este tipo se aplica sobre los 300.000 primeros euros de base imponible.
- El régimen de estimación objetiva (módulos) se simplifica con una rebaja en el umbral de exclusión, de 450.000 a 150.000 euros de ingresos, y de 300.000 a 150.000 euros de gastos.
- Quedan excluidas del sistema de módulos las actividades que facturen menos de un 50 % a personas físicas y las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1%, como las actividades de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería y pintura).
- Por el contrario, permanecen en el régimen de módulos actividades como la restauración, servicio de taxi, escuelas y autoescuelas, tintorerías y peluquerías, agricultura y ganadería.
Quedan aún por resolver algunas cuestiones pendientes, como la prometida rebaja del IRPF hasta el 15 % para todos los autónomos (no solo los de menores rentas) y las posibles variaciones en el IVA, dependiendo en gran parte de los dictados de Bruselas en los próximos meses.